“El Acuerdo 13 de 2000 es la instancia que reglamenta la participación ciudadana en la elaboración aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo económico y social para las diferentes localidades que conforman el distrito capital…”
¿Qué es un Plan de Desarrollo Local?
Plan: Modelo sistemático de una actuación pública o privada, que se elabora anticipadamente para dirigirla y encauzarla. (Diccionario de la lengua española - Vigésima segunda edición)
Desarrollo (dicho de una comunidad humana): Progresar, crecer económica, social, cultural o políticamente. (Diccionario de la lengua española - Vigésima segunda edición)
Es un instrumento que permite trazar el curso de las actuaciones públicas necesarias para el logro del bienestar colectivo, de la mano de la Administración Local.
Es resultado de un proceso de concertación entre ciudadanos y ciudadanas de las localidades de Bogotá y las Autoridades Locales.
En el plan se consignan las prioridades de desarrollo de la localidad, a las cuales se les asignarán recursos del Fondo de Desarrollo Local, lo anterior requiere fijar objetivos y metas susceptibles de alcanzar en el periodo de vigencia del plan.
¿Cuáles son los principios generales, los contenidos y los alcances del Plan de Desarrollo Local?
Los mismos que rigen para las entidades territoriales, siempre y cuando sean aplicables en el marco de la ley.
¿Cuáles son los fundamentos del Plan de Desarrollo Local?
Los planes y políticas Distritales.
El Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas del Distrito Capital.
El diagnóstico integral del plan de desarrollo local vigente.
Las Estrategias y Programas resultantes de los Encuentros Ciudadanos Locales.
Las políticas sectoriales, definidas por la Administración Distrital.
El Plan de Ordenamiento Físico Territorial.
Consejo de Planeación Local
¿Qué es el Consejo de Planeación Local?
La instancia de participación que deberá ser consultada para los temas relacionados con la planeación de la localidad.
¿Quiénes conforman el Consejo de Planeación Local?
Representantes de:
Asociación de Juntas de Acción Comunal.
Asociaciones de Padres de Familia
Organizaciones Juveniles.
Rectores de Establecimientos Educativos.
Organizaciones de Comerciantes.
Organizaciones de Industriales.
Gerentes de establecimientos de salud pública local.
Organizaciones no gubernamentales.
Organizaciones ambientales.
Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados.
Consejo Tutelar.
Organizaciones de comunidades indígenas y étnicas (si existen)
Organizaciones Campesinas (si existen)
¿Cómo son escogidos/as los/as representantes en cada una de las asociaciones, sectores u organizaciones?
De forma autónoma y democrática de acuerdo con los estatutos de cada una.
La representación debe ser acreditada ante a la Alcaldía Local en un plazo no mayor a quince (15) días después de abierta la convocatoria.
¿Qué se requiere de un aspirante al Consejo de Planeación Local?
Estar vinculado a las actividades de la localidad.
Tener conocimientos o experiencia sobre su sector.
¿Qué autoridad local deberá apoyar administrativa y logísticamente al Consejo de Planeación Local?
El/la Alcalde/sa Local a través de su Oficina de Planeación.
¿Cuáles son las facultades del Consejo de Planeación Local?
Facultad: Derecho para hacer algo. (Diccionario de la lengua española - Vigésima segunda edición)
Método: Modo de decir o hacer con orden. (Diccionario de la lengua española - Vigésima segunda edición)
Darse su propio reglamento.
Dividir el territorio de la localidad en sectores, para la realización de los encuentros ciudadanos, teniendo en cuenta criterios de similitud social y de desarrollo urbanístico.
Fijar la metodología de los encuentros ciudadanos.
Señalar las fechas para la realización de los encuentros ciudadanos y determinar el lugar de reunión.
Requerir a las autoridades locales de planeación informes sobre el avance del Plan de Desarrollo Local.
Recomendar a las autoridades de planeación local los ajustes necesarios para garantizar la debida ejecución del Plan de Desarrollo Local.
Organizar el Banco de Proyectos Locales.
¿Quién ejerce la secretaría técnica del Consejo de Planeación Local?
El o la representante de la Asociación de Juntas de Acción Comunal
Encuentros Ciudadanos
¿Qué son los Encuentros Ciudadanos?
Un espacio de encuentro entre la ciudadanía, las autoridades locales y el Consejo de Planeación Local para que entre todos y todas definan los planes y programas de interés colectivo; estos deberán ser tenidos en cuenta en la elaboración del Plan de Desarrollo Local.
¿Quiénes pueden participar de los Encuentros Ciudadanos?
Todos los ciudadanos y ciudadanas de la localidad, previa inscripción, de acuerdo a la división territorial hecha por el Consejo de Planeación Local.
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